Alabado sea Dios
Los juristas difieren sobre si el divorcio de una mujer que
está menstruando es válido o no. La mayoría de los juristas sostiene que es
válido, pero hay un grupo de eruditos que afirman que no, y este es el punto
de vista reflejado en las opiniones legales de juristas contemporáneos como
los shéijs Ibn al-‘Uzaimín e Ibn Baaz (que Allah tenga misericordia de
ellos).
El shéij Ibn Baaz dijo: “El divorcio de la mujer menstruante
no cuenta de acuerdo al punto de vista más correcto, aunque no es el punto
de vista de la mayoría. La mayoría de los eruditos sostienen que es válido,
pero algunos de los discípulos de los compañeros del Profeta e incluso Ibn
‘Umar (que Dios esté complacido con todos ellos) opinaron lo contrario. Ese
fue también el punto de vista favorecido por el shéij Ibn Taimíyah y por su
estudiante Ibn al-Qayím. Su argumento es que Dios decretó que la mujer debe
ser divorciada cuando está en estado de pureza ritual, no durante un
sangrado post parto, ni durante su período menstrual, sino durante un
período de pureza ritual en el cual ella y su marido no mantienen
relaciones. Si la divorcia durante su período menstrual o durante un
sangrado post parto, o durante un tiempo en que está manteniendo relaciones
con ella, entonces este divorcio es una innovación y no cuenta como tal, de
acuerdo al punto de vista más correcto.
Dios dijo (traducción del significado):
“¡Oh, Profeta! Cuando divorciéis a las mujeres, hacedlo
fuera del ciclo menstrual [y sin haber mantenido ninguna relación marital
previa a manifestarles la voluntad de divorcio desde que finalizó su última
menstruación, de manera que estén en disposición de empezar su período de
espera para poder contraer matrimonio nuevamente]. Respetad bien los días de
ese período, y temed a Allah, vuestro Señor” (At-Talaq, 65, 1).
Lo que esto significa es que ellas deben estar en la pureza
ritual, no menstruando, durante un período en que no estuviera manteniendo
relaciones con ellas, de lo contrario podrían estar embarazadas. Esto es lo
que han dicho los eruditos acerca del divorcio en el período prescripto”.
Fin de la cita de Fatáqa at-Taláq, p. 44.
Dice en Fatáwa al-Láynah ad-Dá’imah, 20/58:
“Hay varias formas de innovación en el divorcio: cuando un
musulmán divorcia a su esposa durante su período menstrual o sangrado post
parto, o durante un tiempo en que está manteniendo relaciones con ella. El
punto de vista correcto es que esto no cuenta como divorcio”. Fin de la
cita.
Basándonos en esto, si el divorcio fue emitido durante el
período menstrual, no es válido, y todavía están casados.
El Shéij Muhámmed ibn al-‘Uzaimín (que Allah tenga
misericordia de él) fue consultado acerca de un musulmán que había
divorciado a su esposa cuando estaba en su período menstrual, pero él no lo
sabía. ¿Es válido este divorcio?
Él respondió:
“Los eruditos difieren acerca del divorcio que tiene lugar
cuando una mujer tiene su período menstrual, y ha habido una larga discusión
sobre esto. La mayoría de los eruditos sostiene el punto de vista de que el
divorcio así emitido es válido. Sin embargo, el musulmán debe esperar hasta
que haya terminado su período menstrual, y luego tenga un segundo período
menstrual y alcance la pureza ritual. Luego si desea puede continuar con el
matrimonio o si desea puede buscar el divorcio. Este es el punto de vista de
la mayoría de los eruditos, incluyendo a los cuatro imames, Áhmad, ash-Sháfi’i,
Málik y Abu Hanifah (que Allah tenga misericordia de ellos). Pero el punto
de vista más correcto en nuestra opinión es el favorecido por Ibn Taimíyah
(que Allah tenga misericordia de él), que es que el divorcio emitido durante
el período menstrual no es válido.
El Profeta Muhámmad (que la paz y las bendiciones de Allah
sean con él) dijo: “Quien realice un acto que no está de acuerdo con este,
nuestro asunto (el Islam), le será rechazado”. La evidencia acerca de esto
es el reporte de ‘Abd Allah Ibn ‘Umar, cuando divorció a su esposa durante
su período menstrual. Él le dijo al Profeta Muhámmad (que la paz y las
bendiciones de Allah sean con él) acerca de esto y el Mensajero de Dios se
puso muy enojado, y le dijo: “Vuelve con ella hasta que haya alcanzado la
pureza ritual, luego haya tenido otro período menstrual, y haya alcanzado la
pureza ritual otra vez. Luego si quieres puedes continuar el matrimonio o
puedes divorciarte”. Luego el Profeta Muhámmad (que la paz y las bendiciones
de Allah sean con él) dijo: “Este es el período prescripto en el cual Dios
permitió al marido divorciarse de su esposa”. El período prescripto en el
cual Dios ha indicado que debía darse el divorcio significa que una pareja
sólo puede divorciarse cuando ella está en la pureza ritual, no menstruando,
y él no ha mantenido relaciones con ella. Basándonos en esto, si el marido
la divorcia cuando ella está menstruando, el divorcio no es válido de
acuerdo a este punto de vista, por lo tanto debe ser rechazado. Nosotros
pensamos que el divorcio que se le ha emitido a esta mujer no cuenta como
tal, y que ambos todavía están casados. No importa si el marido sabía o no
que ella estaba en su período menstrual cuando lo hizo. Así es, su
conocimiento de la condición de ella no importa, pero si él sabía entonces
ha cometido un pecado. Si no lo sabía, entonces el divorcio tampoco cuenta,
pero no ha cometido ningún pecado”. Fin de la cita de Fatáwa al-Islamíyah,
3/268.