Hoy en día existe algo llamado facturas que se pagan directamente con el crédito del teléfono móvil; este servicio permite al cliente comprar artículos de un tercero que no tiene conexión con la compañía telefónica. Eso se hace deduciendo el valor de esas compras del crédito telefónico. ¿El crédito telefónico en este caso se incluye en las reglas sobre efectivo?
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Alabado sea Alá.
El contrato entre clientes y empresas de telefonía es un contrato de arrendamiento o alquiler, de modo que el cliente es el que alquila o alquila algo y la empresa es la que lo alquila. El objeto del contrato es el uso de torres de telefonía celular a través de las cuales el cliente puede hacer uso de los servicios que requiere, para la comunicación y otros fines.
El arrendamiento o alquiler se paga por adelantado mediante tarjetas telefónicas prepagas, o se paga más tarde al recibir la factura.
El crédito que tiene el cliente representa el derecho de uso que se convirtió en suyo después de comprar ese derecho a la empresa.
Sobre la base de este contrato de arrendamiento o alquiler, el cliente se convierte en propietario del uso o beneficio, que es en forma de crédito en la tarjeta, al igual que la empresa se convierte en propietaria de la tarifa pagada, por tratarse de un contrato de permuta. .
Como este beneficio y uso ahora pertenece al cliente, él tiene derecho a disponer de él, ya sea usándolo él mismo o vendiéndolo, si no hay ninguna condición [en el contrato] que lo restrinja.
Basado en eso:
Comprar algunos productos en las tiendas con parte de su crédito en la tarjeta telefónica se incluye en el rubro de comprar artículos a cambio de un beneficio o uso, lo cual está permitido y no tiene nada de malo. No hay ninguna estipulación de que las ventas solo se realicen en efectivo; más bien, las ventas pueden ser en efectivo o por otros beneficios u otros artículos.
Si la compañía telefónica cobra una tarifa por este servicio, no hay nada de malo en eso, porque es como una tarifa por ofrecer el servicio de transferencia de uso o beneficio del cliente al comerciante, y es lo mismo si la transferencia se realiza. en forma de crédito o efectivo.